Navarra,
problema y solución, es el Estado europeo de los vascos
UN
CONFLICTO POLÍTICO INTERNACIONAL
La
Conferencia Internacional de Paz del
día 17 de octubre de 2011 en San Sebastian sobre
el conflicto vasco supone, tras mucho tiempo de consciente ocultación
practicada por
venias potencias del occidental europeo, el afloramiento de la mayor
injusticia internacional
que todavía perdura en Europa. Los vascos han tenido que padecer de forma
continuada la inusitada violencia ocasionada por la conquista,
ocupación, partición,
suplantación institucional, nacionicidio y lingüicidio.
No
se trata de un problema interno, como quieren hacer creer desde
España y Francia:
el desquiciamiento del “sano regionalismo”, o el “particularismo
identitario”.
Nos
hallamos, por el contrario, ante un conflicto internacional
intra-europeo, que implica
la invasión militar permanente y la dominación, por dos Estados
miembros de la UE
sobre otro Estado europeo.
En
el caso vasco, como en el irlandés, existe en síntesis una doble
interlocución, la
del Estado dominante (Inglaterra) y la del Estado dominado (Irlanda).
La diferencia está
en que el Estado irlandés consiguió el reconocimiento de su
soberanía y de la mayor
parte de su territorialidad hace ochenta y cinco años y en cambio el
Estado europeo
de Navarra yace hibernado, subordinado y dividido entre los Estados
español y francés.
ESTADO
Y NACIÓN
Cuando
estamos hablando de Navarra nos estamos refiriendo a la manifestación de
su sociedad o nación política; Euskal Herria es la comunidad
cultural. Navarra y Euskal
Herria, son las dos caras de la misma nación, la política y la
cultural, respectivamente.
Siempre que utilizamos el concepto navarra o navarro, nos referimos al
contenido político; así la sociedad navarra, ciudadania navarra,
Navarra, Estado navarro,
Reino de Navarra.
También
es preciso no confundir el significado de los términos Navarra y
Euskal Herria,
ambos sólidamente asentados sobre el verdadero acontecer histórico.
Pues mientras
Navarra nació como concepto político para denominar a la Vasconia
soberana e
independiente. Euskal Herria surge en los primeros libros en euskera
de los escritores navarros
del siglo XVI, en la Navarra que permanecía independiente, para
abarcar a todos
los vascohablantes, aunque residieran ya fuera del territorio
independiente navarro,
en territorios dominados por España, buscando con ello resaltar la
existencia de la
Nación cultural y lingüística, que ya no era englobada en la
práctica por la Nación política.
Es
decir, cuando las potencias anexionistas concluían la tarea de
ocupar, demoler y
suplantar a la nación política, que es Navarra, se afirma desde su
propio seno la nación cultural
y lingüística, que es Euskal Herria, en una voluntad de
resistencia, esforzada y de
una larga duración multisecular, aferrada en la defensa metro a
metro de los restos y jirones
de la soberanía política y de la cultura vasca.
En
un proceso de recuperación de la soberanía no se puede atender
únicamente a uno
sólo de los aspectos de la realidad nacional, es preciso contemplar
las dos a la vez.
Tiene
repercusiones muy graves, la no toma en consideración de esta
dualidad real de la misma
nación: la comunidad cultural (euskal herria) y la sociedad política
(Navarra). Al igual
que navarro y vasco, se refieren a las mismas gentes que residen en
el mismo territorio,
Navarra y Euskal Herria son también denominaciones que se refieren
al mismo
país, aunque reflejan conceptos complementarios, Navarra abarca a la
estatalidad de
la sociedad política y Euskal Herria a la comunidad cultural nacional.
VIOLENCIA
CONTINUADA
El
origen del conflicto político hoy en día existente se halla en las
conquistas, que
España y Francia realizaron sobre Navarra. Las conquistas "manu
militari" se hicieron
contra un Estado europeo y moderno. De ninguna manera se trataba de
la desaparición
de un "reino medieval", "reino hispano" o de un
"mero cambio de dinastias".
La conquista del Estado navarro se culmina en 1620, es decir, 170
años después
de la toma de Constantinopla, y 130 años después de la conquista de
Granada y de
la llegada a América de los españoles. La conquista del Estado
navarro se produjo pues
en plena Edad Moderna.
Fue
precisamente este hecho, que el Estado navarro fuese un Estado
moderno con
una sociedad consciente de sí misma, unas instituciones sólidas, un
Derecho y un idioma
propios, lo que obligó a los conquistadores a tener que soportar la
existencia de un
sistema jurídico, político y social, más avanzado y desarrollado
que el suyo propio.
De
ahí el funcionamiento todavía en nuestros días de residuos
institucionales (Fueros) pertenecientes
al Estado navarro: hacienda pública, derecho civil, administración
local, etc.,
que no son creación, delegación o transferencia del Estado español.
Y
esto ocurrió no porque les faltara voluntad y medios para hacer
desaparecer todo
vestigio de soberanía política, como hicieron en América y
Filipinas, sino porque los
costes económicos y militares de tal eliminación eran insoportables
para ellos. Como consecuencia
optaron por la estrategia de simular el respeto de la legalidad
navarra y de sus
instituciones, viéndose obligados a camuflar el dominio político y
militar, no sin permanentes
exigencias de integración absoluta.
Sobre
la ilegitimidad de la conquista de Navarra está la opinión de
Thomas Höbbes
que en el "Leviatán" de 1640 considera como nula la
injustificada transmisión de
Navarra. A partir de la conquista "no existe la posibilidad de
un desarrollo espontáneo
ni natural. Es una colonización en toda regla", en palabras de
la historiadora Mª
Puy Huici.
Las
referencias imprescindibles para saber que estamos hablando de la recuperación
del Estado propio, se hallan en los ininterrumpidos actos de fuerza
con los que
los Estados ocupantes niegan nuestra soberanía, nuestra legalidad y
nuestra estatalidad.
Por ello, en todo proyecto no recurrente ni autoritario, deben
figurar las fechas
de las ilegalidades padecidas, de donde deriva la actual situación.
Recordaremos algunas,
que son hitos de la ilegalidad impuesta tras las conquistas
militares, para culminar
la dominación, cercenar la soberanía y desmantelar las
instituciones del sistema
jurídico estatal propio:
-
16 de agosto de 1202: suplantación de la soberanía por Castilla en
la Navarra marítima.
-
7 de julio de 1515: incorporación unilateral de Navarra a Castilla
en las Cortes
de Burgos.
-
20 de octubre de 1620: “Decreto de la Unión” de Luis XIII por el
que Navarra
es incorporada a Francia.
-
16 de agosto de 1841: desmantelamiento de la estatalidad Navarra por España
con la llamada “Ley Paccionada”.
-
21 de julio de 1876: suplantación institucional en la Navarra
marítima.
PARTICIÓN
DE LA TERRITORIALIDAD
El
origen de la partición en territorios o provincias. Cuando el
territorio de lo que
hoy es Araba, Bizkaia y Gipuzkoa era independiente por ser navarro,
estas provincias
no existían como tales y los naturales que allí vivían eran
navarros. Navarra era
un Reino soberano en el que no había una división territorial como
ahora la entendemos.
Existían las circunscripciones de los Valles y Tenencias, con Batzarres (Juntas) Los tenentes, que no eran señores feudales, gobernaban en nombre de su soberano natural las distintas comarcas y plazas, pero no de forma hereditaria sino sustituidos periódicamente. Fue siglos después de la pérdida de la independencia, cuando se fueron configurando las provincias tal como hoy las conocemos. La ruptura de la unidad territorial es fruto, única y exclusivamente de una conducta antijurídica, violenta, contraria al "ius gentium", quebrantadora de todos los tratados internacionales, a través de la conquista, ocupación y dominación por potencias extranjeras, siguiendo sus exclusivos intereses, efectuada progresivamente sobre Navarra entera, especialmente en las señaladas fechas de 1.200 y 1.512 por Castilla-España y 1.621 por Francia.
Existían las circunscripciones de los Valles y Tenencias, con Batzarres (Juntas) Los tenentes, que no eran señores feudales, gobernaban en nombre de su soberano natural las distintas comarcas y plazas, pero no de forma hereditaria sino sustituidos periódicamente. Fue siglos después de la pérdida de la independencia, cuando se fueron configurando las provincias tal como hoy las conocemos. La ruptura de la unidad territorial es fruto, única y exclusivamente de una conducta antijurídica, violenta, contraria al "ius gentium", quebrantadora de todos los tratados internacionales, a través de la conquista, ocupación y dominación por potencias extranjeras, siguiendo sus exclusivos intereses, efectuada progresivamente sobre Navarra entera, especialmente en las señaladas fechas de 1.200 y 1.512 por Castilla-España y 1.621 por Francia.
NACIONICIDIO
Y LINGÜICIDIO
Vasconia
es víctima de dos grandes procesos simultáneos: uno de
nacionalicidio y
otro de lingüicidio. Al ser privada de las integradoras y
pluralistas instituciones de su sistema
jurídico, suplantando su estatalidad y al mismo tiempo sustituirle
sus lenguas, el euskera,
mediante su desvalorización forzada, prohibiciones y castigos, y el
romance navarro-aragonés-riojano
sustituido por el castellano. Todo ello con el objetivo premeditado
de dividirla y englobarla en las naciones española y francesa.
El
mito del pacto político y su reutilización puede llegar a concebir
que, como consecuencia
del supuesto Contrato, las partes, es decir, la nación dominante y
la dominada,
compartan la soberanía.
La
gran-nación ocupante, al objeto de adormecer a los conquistados por
la fuerza de
las armas, trata de hacerles creer que la capitulación es un pacto,
o tratado, aunque sea
desigual, por el que pueden seguir viviendo como cuando eran
independientes, e incluso
mejor, gracias a la protección y a las posibilidades de futuro del
”proyecto común”
de la gran nación en la que han tenido la dicha de entrar a formar
parte. De ahí surgen
mitos como "la voluntaria entrega", "los estados
vascos" o "los derechos históricos".
CONSTITUCIONALISMO
NAVARRO
El
principio constitucional que afirma la preeminencia de la ley sobre
quien detenta
el poder tiene una larga historia en Navarra. Así como la
constitucionalización del
sistema jurídico que superpone los derechos subjetivos, tanto
individuales como colectivos,
al Poder. En la época contemporánea eran dos los motivos, que fundamentalmente,
los constitucionalistas navarros tenían para proclamar su propia constitución,
por un lado la necesidad interna del sistema jurídico propio de
actualizarse
y,
dos, de fuera, la presión de los llamados constitucionalistas
gran-nacionales de España
y Francia.
El
del año 1.838 es un Proyecto de Bases redactado por la dirección de
los carlistas
navarros, mientras el ejército carlista de Navarra llevaba seis años
enfrentado al ejército
de España, que básicamente propone la actualización institucional
al derecho constitucional
comparado de la época, quedando la relación con España únicamente
a través
del monarca, a la manera de la monarquía Austro-Húngara.
En
el año 1.839, el máximo responsable jurídico institucional de las
garantías constitucionales
de Navarra, el Síndico de las Cortes o Parlamento de Navarra, Ángel Sagaseta
de Ilurdoz, publicó los "Fueros Fundamentales del Reino de
Navarra", una recopilación
de las normas constitucionales, con el objeto de que fuera reconocido
el constitucionalismo
de Navarra. El mismo informó en 1840: “Los reinos pequeños no se diferencian
de los grandes en especie, ni en sustancia: lo mayor y lo menor no
constituyen
en esta materia diversidad sustancial. El reducido reino de Portugal
es igual en
sus derechos e independencia al vastísimo imperio ruso. Sentando el
verdadero origen
y naturaleza del Reino de Navarra, es forzoso convenir en que ningún
otro vecino,
por extenso que sea, por formidable que aparezca, tiene derecho para
dictar providencias
al mismo. La guerra (1833-1839) no ha cambiado la naturaleza del
Reino de
Navarra, ni dado derecho a ninguna persona ni comunidad para variar
su Constitución”.Lo
que evidentemente no se hizo a través de las Leyes españolas de 25
de octubre
de 1.839 y 16 de agosto de 1.841 de abolición y suplantación de los
Fueros.
En
el año 1.883 el Partido Federal de Navarra, liberal progresista,
presidido por Serafín
Olave, aprobó unas Bases constitucionales del Estado navarro, que
contemplan la
reunificación de Navarra.
En
el año 1.940, en plena segunda guerra mundial, el Consejo Nacional
Vasco desde
Londres, redacta un Anteproyecto de Constitución para toda la
Navarra peninsular,
incluida la Navarra marítima, y la autodeterminación de los
territorios navarros
repartidos por varias provincias españolas. En cuyo artículo 5 se
señala: “El territorio
vasco es el integrante del histórico Reino de Navarra”.
SUBORDINACIÓN
Vamos
a detenernos en la constatación clave: que nos hallamos ante un
conflicto cuyo
origen histórico es político y cuyo reconocimiento debe suponer el
inicio de la necesaria
recuperación de la soberanía. Las claves para descubrir la salida
al contencioso
hoy planteado se encuentran en la negación del Estado navarro y en
la carencia
democrática que conlleva. Por un lado, la estatalidad navarra
minorizada -con su
sistema jurídico suplantado, “consuetudinizado” y primitivizado,
en lo que se llama “foralidad
vasco-navarra”-, representa el resultado del fraude político
recibido; por otro,
está
el fracaso “democrático” actual. Si realmente se quieren
solucionar los problemas que
afectan profundamente a la democracia, y aún a la pacífica
existencia de todos, se deberán
tratar conjuntamente ambas limitaciones fundamentales a los derechos democráticos,
es decir, la negación del propio Estado navarro y la carencia
democrática.
Las
relaciones entre las sociedades políticas se hallan inmersas en
diferentes grados
de conflictividad, cuyo ámbito temporal es de muy larga duración.
La negación de
la existencia de una realidad sociopolítica, por parte de quien la
domina, sustituye y reemplaza,
es la fase culminante del conflicto. A
título de ejemplo, podemos citar algunos casos europeos occidentales
que ya han
superado dicha desigualdad: Portugal, Países Bajos e Irlanda; y
otros países que todavía
se hallan dominados como: Córcega, Escocia, Cataluña y Navarra. En
esta última
nos referimos evidentemente a la Navarra entera, o conjunto de Euskal
Herria, equivalentes
a la sociedad política y a la comunidad cultural. La
sociedad dominada es convertida en la periferia de la sociedad
política dominante,
que conforma la organización jurídico política del Estado
gran-nacional, para
consagrar su supremacía.
Sigmun
Freud en su carta a Einstein, como consecuencia de la encuesta que estaba
realizando éste último en 1930 por encargo de la Sociedad de
Naciones sobre el problema
de la guerra, estableció el hilo conductor entre la ausencia de
libertad y las guerras.
Otfried Höffe señala la relación de causalidad entre la minoración
nacional y la existencia
de condiciones favorables para la criminalidad.
RECUPERACIÓN
DE LA SOBERANIA.
El
proceso de recuperación de la soberanía, no se puede confundir con
la inanidad
autonómica. Son antitéticos. El soberanismo rompe con la
legitimidad del Estado
extranjero dominante y en práxis soberanista, intrínsecamente
democrática, ejerce
y recupera la soberanía y la estatalidad propia. En cambio el
autonomismo no cuestiona
la ilegitimidad de la subordinación y la detentación injusta de la
territorialidad del
Estado gran-nacional ocupante.
Los
derechos sociales, económicos, culturales y políticos de los vascos
no se hallan
garantizados por las frívolas soluciones autonomistas, únicamente
con la soberanía
pueden ser suficientemente ejercidos y tutelados. Soberanía, tanto
individual de
cada uno de los ciudadanos como colectiva del conjunto de la
sociedad, cuya garantía
se halla en la Constitución del propio Estado navarro.
La
expresión de dicho proceso debe culminar en un acuerdo, cuyo
contenido podría
tener en el Estado navarro la siguiente manifestación formal:
“1º.
La sociedad navarra/vasca, con la forma política de Estado, es
miembro permanente
de la comunidad internacional que ha configurado Europa y que ahora construye
la Unión Europea. Ante la culminación y superación de una etapa de
forzadas y
parciales privaciones de la soberanía política estatal y de
suplantaciones institucionales,
el Estado de Navarra retoma su andadura estatal como artífice
europeo libre
y soberano.
2º.
El sistema jurídico de Navarra está integrado por sus instituciones legislativas,
ejecutivas y de la administración de justicia, y se halla amparado
por su Constitución,
desarrollada históricamente en el conjunto del acervo de la cultura
jurídica navarra.
La recuperación de la soberanía sobre su sistema jurídico es una
necesidad inalienable
de Navarra, única forma de salvaguardar suficientemente los derechos
e intereses
individuales y colectivos de los navarros/vascos, como son los
sociales, culturales,
económicos y políticos.
3º.
En tanto que, referidas a Navarra, pudieran conservar alguna
vigencia, son nulas,
sin valor ni efecto alguno, todas las disposiciones que atentan
contra su soberanía, entre
otras las siguientes: Confirmación por el rey castellano de los
Fueros de San Sebastián
en 1202, de Vitoria, de Durango y semejantes; Acta de incorporación unilateral
de las Cortes de Castilla de 7 de julio de 1515; Leyes de las Cortes
Españolas de
25 de octubre de 1839, 16 de agosto de 1841 y 21 de julio de 1876; Constitución española
de 1978; Edicto de Luis XIII de Francia de 20 de octubre de 1620 y
Ley de la
Asamblea
Nacional Francesa de 8 de octubre de 1789. También quedan derogadas cuantas
disposiciones supongan una recepción expresa de las normas españolas
y francesas
que entren en contradicción con la Constitución y el ordenamiento
jurídico de Navarra”.
“Pro
libertate patria gens libera state”
Infanzones
de Obanos (Navarra)
2011
Pamplona-Iruñea.
CRONOLOGÍA
DEL ESTADO EUROPEO DE NAVARRA
1ª
EPOCA: SIGLOS –II A.C. A VIII: VASCONIA
(CELTAS,
ROMANIZACION, GERMANOS Y MUSULMANES)
·
Siglo
II a. C.: Emisiones de monedas vasconas “baskunes” en Iruña
·
187
a. C.: a 178 a.C. Primeras alianzas con Roma frente a los Celtas
·
179
a. C.: fundación de Graccurris (Alfaro).
·
Siglo
I a. C.: Federación de Tarraga (Sadaba) con Roma.
·
89
a. C.: Los jinetes vascones de Sejia (Egea) son ciudadanos romanos
por la toma
de Ascoli.
·
75
a.C.: Pompeyo da su nombre a la ciudad de Iruña-Pompaelo
·
72
a.C.: El mismo Pompeyo funda al norte de los Pirineos Orientales
Lugdunum Convenarum
(San Bertrand de Comminges) junto al Valle de Aran.
·
58
a. C.: Roma domina Aquitania
·
Construcción
de las grandes vías romanas Burdeos-Astorga y Tarragona-Oiarso (Irún),
que junto a otras se cruzan en Iruña.
·
Siglo
I: Quintiliano de Calahorra con su magna obra “Institutio Oratoria”
se convierte
en el maestro por antonomasia de la clase dirigente romana.
·
Siglo
II: El pamplonés Caius Cornelius Valens encabeza la delegación de representantes
de la Tarraconense que consigue confirmar la relación directa de la
provincia con Roma.
Las
ferrerias y talleres vascones abastecen de armas e ingenios de
artillería (máquinas
de guerra) a las legiones romanas.
·
Siglo
II: el magistrado Verus formaliza la federación de la Novempopulania (Vasconia
Norpirenaica) a Roma.
Transporte
fluvial por los ríos Garona y Ebro de los productos de exportación (cereales,
vino, aceite...). Las aguas termales muy concurridas: Dax, Bañeres, Fitero,
Termas...
·
348 a 408: Prudencio,de
la Calahorra bañada por el Ebro vascon “Vasco Hiberus”,
con su obra literaria se convierte en el inspirador de la sociedad romana
de la antigüedad tardía y educador de las cultivadas generaciones
del medievo
europeo.
·
408: Carta del emperador
Honorio a las milicias de Pamplona.
·
409: Los bárbaros pasan
por Orreaga.
·
477: Incursión de los
visigodos en Pamplona.
·
480 (hacia): Redacción
de Laude Pampilona epistola. Describe la ciudad de Pamplona
y sus murallas, que tres siglos más tarde serían derribadas por el ejército
franco de Carlomagno en los prolegómenos de la Batalla de Orrega.
·
507: Derrota de los
visigodos en Vouillé que llevaría aparejado el hundimiento del
reino visigodo de Toulousse y la creación del Reino visigodo de
Toledo.
·
540 (hacia): San Millán
funda el Monasterio de Suso. La vida monástica en La Rioja
alcanzará gran desarrollo y sobre todo a partir de los reyes
pamploneses en el
siglo X.
·
541: Los francos toman
Pamplona.
·
574: Destrucción de
Cantabria junto a Logroño por los visigodos.
·
581: El visigodo
Leovigildo ataca Pamplona.
·
589: Liliolo, obispo de
Pamplona, acude al III Concilio de Toledo.
·
590 (hacia): Ataque del
visigodo Recaredo a Vasconia.
·
602: Se constituye el
Ducado de Vasconia.
·
611 (hacia): Ataque del
rey Gundemaro a Vasconia.
·
621: Enfrentamiento del
rey visigodo Suintila con los vascones.
·
635: Victoria vascona en
Zuberoa sobre los francos. Exportación de “sain” de ballena
desde los puertos vascones.
·
636: Muere San Isidoro
de Sevilla, cuya historiografia propugna que los godos sean
los dueños de la península.
·
711: El visigodo Rodrigo
frente a Pamplona y su retirada de Vasconia.
·
721: Eudón el Grande
consigue para Vasconia-Aquitania la primera victoria sobre
los musulmanes en Europa.
·
732: Derrota de los
musulmanes en Poitiers.
·
734: El emir Uqba
conquista Iruña-Pamplona.
·
735: Muere Eudón el
Grande.
·
768 Los francos llaman
navarros a los vascones independientes
·
778: Destrucción de las
murallas de Pamplona por Carlomago.
·
778: Victoria en Orreaga
del ejército vascón sobre el ejército franco que pierde todos
sus generales para salvar a Carlomagno, el choque fue en el tramo de
la antigua
calzada romana que discurre por la ladera norte del Txangoa mendi.
2ª
EPOCA: SIGLOS IX A XIX: REINO EUROPEO DE NAVARRA
·
824: Segunda victoria en
Orreaga sobre los francos (Eblo y Aznar) enviados por Ludovico
Pío, sucesor de Carlomagno.
·
824: Eneko Arista Rey de
Pamplona.
·
832: Aznar Sancho
siempre con la ayuda de Eneko Arista independiza la Vasconia
norpirenaica.
·
892: Expulsión de los
vikingos (normandos) de la Vasconia del norte por Guilhem
Sancho, conde de los vascones.
·
912: Liberación de La
Rioja.
·
924: Fundación
monasterio navarro de Albelda, el más importante al Oeste de Europa
por sus publicaciones y biblioteca en los siglos X y XI. Códice Albeldense.
·
931: Fundación
Monasterio San Millán de la Cogolla. Allí se redactó, entre otras obras,
un “Diccionario de 100.000 acepciones y 20.000 artículos. Las
Glosas en romance
navarro-aragonés y euskera.
·
900: Ejecución en
Córdoba de los cincuenta caballeros navarros rehenes procedentes
de Uncastillo.
·
992: Redacción del
“Códice de Roda” en el palatium del Rey de Pamplona.
Donde
figuran los reyes de Pamplona con sus familias durante dos siglos,
así como
las de los Condes de Aragón, Pallars y Gascuña. Refleja la
legitimidad, centralidad
y territorialidad del Reino pirenaico.
·
1004: Coronación en
Iruña de Sancho III el Mayor.
·
1006: Confección del
mapamundi en el Monasterio de Saint Sever.
·
1016: Tratado de
fronteras entre el Reino de Pamplona y el Condado de Castilla.
Estableceque
la cabecera del Ebro y el norte del sistema ibérico por Garrai, Montes
de Oca y Atapuerca pertenecen a Navarra.
·
1020: Fuero de Nájera.
·
1023: Sancho III crea el
vizcondado de Laburdi.
·
1027: Concilio de
Pamplona donde se aprueba la metrópoli eclesiástica del Reino.
·
1034: Muerte de Sancho
III el Mayor en León.
·
1054: Batalla de
Atapuerca y asesinato del Rey de Pamplona García el de Nájera,
sucesor de Sancho III el Mayor.
·
1064: Asesinato de
Ramiro I en Graus (Ribagorza) por los castellanos ayudando a
los musulmanes.
·
1076: Asesinato en
Peñalen (Funes) de Sancho IV Rey de Pamplona, hijo de García
el de Nájera.
·
1076: Coronación de
Sancho Remírez en la Catedral de Pamplona.
·
1104: Coronación de
Alfonso I el Batallador.
·
1106: Recuperación de
La Rioja y Vizcaya.
·
1127: Tratado de Támara
que ratifica los límites del Reino de Navarra con el Reino
de Castilla establecidos el año 1.016.
·
1133: Límites del Reino
pirenaico desde Belorado a Bayona y desde Montes de Oca
a Pallars.
·
1134: Muerte de Alfonso
I un mes después de la derrota de Fraga. Coronación en
la catedral de Pamplona de García Ramírez, el Restaurador.
·
1136: Partición del
Reino de Pamplona por el Conde de Barcelona y el Rey de Castilla,
separando Aragón y la nueva Navarra.
·
1143: El canónigo
arcediano de la catedral de Pamplona Roberto de Keton, termina
la traducción del Corán al latín.
·
1152: Inglaterra toma
posesión de Gascuña.
·
1176: Conquista de La
Rioja y de parte de Bizkaia (castillo de Malvecín, sobre Bilbao)
por Castilla.
·
1177: Laudo Arbitral de
Londres.
·
1180-1200: Se escribió
en Pamplona el “Beatus de Navarra” depositado en la Biblioteca
Nacional de París.
·
1193: El rey de
Inglaterra somete al vizconde de Laburdi.
·
1197: Se termina la
Biblia de
Pamplona, obra
cumbre de los textos ilustrados del
románico.
·
1200: Castilla conquista
la Navarra marítima: Araba, bizkaia y Guipúzcoa.
·
1212: Cruzada contra los
albigenses y cátaros por Francia. Guilhem de Tudela la describe
en la primera Canción
de la Cruzada.
·
1.197 Terminación de la
Biblia de Pamplona. Obra cumbre del arte de ilustrar románico.
·
1234: Muerte de Sancho
VII el Fuerte y coronación de Teobaldo I.
·
1265: Recuperación de
la Bigorra.
·
1276- 1277: Guerra civil
de la Navarrería entre navarros y francos en Pamplona, descrita
por Guilhem Anelier.
·
1281: Unión del Condado
de Foix y del Vizcondado de Bearne.
·
1364: El ejército
navarro es derrotado por los franceses en Cocherel.
·
1366: Tratado de
Libourne, entre Navarra, Inglaterra y Aragón.
·
1368-1374: Navarra
recupera Álava, Guipúzcoa y parte de La Rioja.
·
1.385: Gran victoria
portuguesa sobre el ejército castellano en la batalla de Aljubarrota.
·
1416: Concilio de
Constanza con la participación de los embajadores del Reino de
Navarra.
·
1430: El Reino de
Navarra envía socorros en ayuda del Reino musulmán de Granada.
·
1453: Conquista francesa
de la Gascuña dominada por Inglaterra.
·
1461: Conquista de la
Sonsierra por Castilla, hoy llamada Rioja Alavesa.
·
1481: Coronación en la
catedral de Pamplona de Frances Febus, Conde de Foix y
señor soberano de Bearne. La Corona de Navarra reunifica el Estado
pirenaico desde
finales del Siglo XV, todo el siglo XVI y principios del XVII.
·
1489: Arnalt Guillén de
Brocar monta la primera imprenta en Pamplona.
·
1492: Masparrauta
publica en Pamplona, en la imprenta de Brocar, su Gramática
latina.
·
1494: Coronación en
Pamplona de Catalina de Foix y Juan de Labrit.
·
1512: Tratado de Blois
entre Navarra y Francia. Excomunión de los reyes de Navarra
y conquista de la Navarra reducida peninsular.
·
1515: Incorporación
unilateral de Navarra a Castilla.
·
1521: Derrota navarra en
la Batalla de Noain.
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1522: Defensa de Amaiur.
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1524: Concluye la
defensa de Fuenterrabia por el ejército navarro.
·
1545: Etxepare publica
el primer libro en euskara. Editado con el apoyo del Rey Enrique
II, el Sangüesino. Utiliza la palabra vasco como sinónimo de
euskaldun.
·
1550: Testamento del Rey
de España Carlos I, que trata sobre la devolución en conciencia
de Navarra a sus legítimos reyes.
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1551: Fuero de Bearne,
promulgado por el rey de Navarra Enrique II.
·
1560: Carta de Papa a
Felipe II sobre la devolución de Navarra, y represión.
·
1571: Joanes Leizarraga
publica el Nuevo
Testamento en
euskera con el patrocinio
de la Reina Juana de Labrit, donde por primera vez se hace referencia a
Euskal Herria (heuscal herrian).
·
1572: Asesinato de la
reina Juana de Labrit y masacre de protestantes en París en la
llamada “noche de San Bartolomé”.
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1589: Excomunión del
Rey de Navarra, Enrique III.
·
1590: Testamento de
Felipe II sobre la devolución en conciencia de Navarra.
·
1598: Edicto de Nantes
de Enrique III de Navarra, IV de Francia, proclamando la
libertad de conciencia.
·
1607: Asesinato de
Enrique III Rey de Navarra y IV de Francia.
·
1620: “Decreto de la
Unión” a Francia del reino de Navarra.
·
1621: Unión por la
fuerza a Francia de la Navarra Norpirenaica que mantiene sus
instituciones estatales.
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1638: Oihenart publica
la historia de la Vasconia aquitana e ibérica.
·
1640: El filósofo
Thomas Höbbes califica de injusta y contraria a Derecho la “transferencia”
de Navarra.
·
1659: Tratado de los
Pirineos, entre Francia y España, donde establexcen la partición
de Navarra.
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1665: Moret inicia la
publicación de las investigaciones históricas como Cronista
oficial del Reino de Navarra.
·
1789:
Desmantelamiento por la Asamblea Nacional Francesa del Reino de la Baja
Navarra, de los Estados de Bearne y de toda la administración
navarra en los
estados pirenaicos que perduraba desde 1.620.
·
1808-1814:
Ocupación francesa de Pamplona. La división de Mina libera prácticamente
el resto del territorio navarro.
·
1828-1829:
Último periodo de sesiones de las Cortes Generales de Navarra.
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1833-1839:
Primera Guerra Carlista.
·
1838
y 1849: Proyectos constitucionales de Navarra redactado el primero
por los carlistas
y el segundo por el Síndico de las Cortes de Navarra Sagaseta de Ilurdoz
3ª
EPOCA: SIGLOS XIX Y XX, NEGACIÓN DEL ESTADO NAVARRO
·
1841:
Desmantelamiento institucional del Estado europeo de Navarra, que
pasa de
Reino a provincia.
·
1866:
Proyecto de unión administrativa de las cuatro provincias (Navarra, Vizcaia,
Guipúzcoa y Alava) a propuesta de la Diputación de Navarra.
·
1872-1876:
Última Guerra Carlista.
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1877:
Se funda la Asociación Euskara de Navarra.
·
1880:
Proyecto de constitución del Estado de Navarra, redactado por
Serafín Olave.
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1893:
Unánime movilización popular llamada “la Gamazada” frente a la amenaza
de eliminación de los derechos políticos residuales de los
navarros.
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1894:
Fundación del P.N.V.
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1918:
Solicitud de reintegración plena de las instituciones políticas de
Navarra llevada
a cabo por los Ayuntamientos.
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1918:
Fundación en el Congreso de Oñate de la Sociedad de Estudios
Vascos-Eusko
Ikaskuntza entre las Diputaciones de Alava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya.
En 1.919 se crea Euskaltzaindia como Academia de la Lengua Vasca.
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1931:
Estatuto del Estado Vasco redactado por la SEV- EI y Estatuto de
Estella.
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1936-1939:
Guerra e inicio de la dictadura franquista.
·
1959:
Nacimiento de ETA.
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1974:
Ejecución de Carrero Blanco.
·
1975:
Muerte de Franco.
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1978:
Estatuto de Guernica.
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1982:
Amejoramiento de la “Ley Paccionada”.
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1993:
Constitución del Estado andorrano.
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1998:
Inicio proceso soberanista. Acuerdo Lizarra-Garazi.